REGISTRO DE FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA COMO TÍTULO VALOR RADIAN

el RADIAN es una plataforma que permite
el registro y consulta de las facturas, por ende, no obedece a un portal transaccional. Sin embargo,
por medio de ésta es posible consultar la trazabilidad de los eventos sobre cada una de las facturas
electrónicas de venta que han sido registradas para evidenciar su estado o disponibilidad para
circular.

REGISTRO DE FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA COMO TÍTULO VALOR RADIAN

DIAN  Subdirección de Normativa y Doctrina   100208192-825    21 de junio de 2022

REGISTRO DE FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA COMO TÍTULO VALOR RADIAN

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta, respecto del registro de la factura
electrónica de venta como título valor -RADIAN, textualmente lo siguiente:

“¿Dentro del RADIAN existe la posibilidad de negociación directa; es decir que una vez
inscribamos las FEV – TV nos pueden contactar factores o financiadores con el fin de adquirir o
negociar las FEV – TV? O las empresas de Factoring se deben conseguir externamente a la
plataforma RADIAN? ¿Diferencia entre los eventos ENDOSO con responsabilidad y AVAL? se
pueden dar en la misma negociación o FEV – TV?”

Para empezar, se informa que los pronunciamientos emitidos por esta Subdirección, en su papel de
autoridad doctrinaria nacional en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria, en lo de
competencia de la DIAN, son de carácter general y no se referirán a asuntos particulares o a los que
escapen a la competencia orgánica y funcional de este Despacho, tal y como lo instaura el referido
artículo 56.

Así las cosas, a continuación, se responderán los interrogantes planteados de manera general:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.53.2. del Decreto 1074 de 2015 el registro de
factura electrónica de venta considerada título valor – RADIAN (en adelante “RADIAN”) es el definido
por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN de
conformidad con lo establecido en el artículo 616-1 del Estatuto Tributario. Es así como el artículo 3
de la Resolución DIAN No. 000085 de 2022 dispone:

“Artículo 3. Registro de la factura electrónica de venta como título valor -RADIAN: El registro
de la factura electrónica de venta como título valor -RADIAN, permite el registro, consulta y
trazabilidad de las facturas electrónicas de venta como título valor que circulan en el territorio
nacional, así como los eventos que se asocian a las mismas, por parte de los usuarios del
RADIAN. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 616-1 del
Estatuto Tributario y el numeral 12 del artículo 2.2.2.53.2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto
Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo” (Subrayado fuera de texto).

De manera que, el RADIAN a la luz de la normatividad vigente permite: i) el registro, ii) consulta y,
iii) trazabilidad de las facturas electrónicas de venta como título valor que circulan en el territorio
nacional.

Es así como los Oficios Nos. interno 100208221-708, radicado 902338 de 2020 y 903427 – interno
100208221-896 de julio 24 de 2020, explicaron:

(…) que la competencia de esta Entidad se circunscribe a la administración del registro de
dicho título valor en la plataforma de factura electrónica de venta de la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales -DIAN, mediante un sistema de información denominado RADIAN (El
registro de la factura electrónica de venta considerada título valor).
(…)

El sistema RADIAN permitirá registrar los eventos de circulación de la factura electrónica de venta
– título valor, su consulta y trazabilidad, así como los sujetos intervinientes y sus obligaciones e
incluye el procedimiento para realizar las anotaciones, entre otros.

En cuanto a la regulación sustancial de la circulación de la factura electrónica considerada
titulo valor, este Despacho le informa que es el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
la entidad competente para ello (…)”. (Negrilla fuera de texto)

Nótese que la norma y la doctrina vigente expresan que el RADIAN es una plataforma que permite
el registro y consulta de las facturas, por ende, no obedece a un portal transaccional. Sin embargo,
por medio de ésta es posible consultar la trazabilidad de los eventos sobre cada una de las facturas
electrónicas de venta que han sido registradas para evidenciar su estado o disponibilidad para
circular.

De igual manera, es importante precisar que, al no ser un portal transaccional, la negociación de
cada factura electrónica como título valor seguirá efectuándose fuera del RADIAN.

Finalmente, respecto a la diferencia entre los eventos de endoso con responsabilidad y aval, y si
estos se pueden dar en la misma negociación sobre un título, se precisa que, conforme a lo explicado
previamente, escapa a la competencia de esta entidad la interpretación de normas de carácter
comercial. Por lo cual, se invita al peticionario a consultar la normatividad comercial vigente (para lo
cual se sugiere la lectura de, entre otros, los artículos 657 y 634 del Código de Comercio) y, de tener
alguna inquietud sobre la aplicación de la misma, proceder a elevar la consulta a la autoridad
competente.

REGISTRO DE FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA COMO TÍTULO VALOR RADIAN

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *