REGISTRO ÚNICO DE BENEFIACIARIOS FINALES - REGISTRO DE ACCIONISTAS

en caso de que no se tenga conocimiento de uno o más beneficiarios finales deberá  observarse lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 17 de la Resolución citada, esto es, deberá  dejarse constancia de los documentos e información que sustente el cumplimiento del deber de  debida diligencia y al momento de suministrar la información en el RUB poner de presente que no  fue posible identificar la totalidad de los beneficiarios finales junto con los motivos por los cuales no  fue posible identificarlos.

 

REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS FINALES – REGISTRO DE ACCIONISTAS

DIAN Subdirección de Normativa y Doctrina  100208192-856    5 de julio de 2022

REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS FINALES – REGISTRO DE ACCIONISTAS

 

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta textualmente lo siguiente: 

“¿Si una sociedad cotiza en bolsa dentro del mercado de valores, se encuentra obligada a realizar  el registro de beneficiarios únicos, aunque sus acciones se encuentren abiertas al público? Por lo  tanto, su control accionario es indeterminado” 

Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes: 

En primer lugar, se pone de presente que la Resolución DIAN No. 000164 de 2021 no establece  ninguna excepción expresa respecto del suministro de información de sociedades nacionales que  coticen en bolsas de valores (cfr. Artículo 4 de la Resolución). Por lo tanto, en dicho supuesto  deberán aplicarse los criterios generales para determinar los beneficiarios finales de la sociedad  obligada a reportar en el RUB. 

Ahora bien, en caso de que no se tenga conocimiento de uno o más beneficiarios finales deberá  observarse lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 17 de la Resolución citada, esto es, deberá  dejarse constancia de los documentos e información que sustente el cumplimiento del deber de  debida diligencia y al momento de suministrar la información en el RUB poner de presente que no  fue posible identificar la totalidad de los beneficiarios finales junto con los motivos por los cuales no  fue posible identificarlos.

 

REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS FINALES – REGISTRO DE ACCIONISTAS

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